Los Servicios Públicos también son de interés y esencia del Derecho, por eso, este espacio de VOZ JURÍDICA.COM, se ha abierto como Observatorio Global de los Servicios Públicos y usted es un OBSERVADOR, haga parte de él que los SERVICIOS PÚBLICOS son un derecho y un asunto de TODOS. Participe con sus comentarios y propuestas en el siguiente enlace: Foro jurídico sobre los Servicios Públicos
¿Qué y cuáles son los servicios públicos?Todos tenemos voz jurídica
De acuerdo con la Constitución Política de Colombia los SERVICIOS PÚBLICOS son: EDUCACIÓN, SALUD, SEGURIDAD SOCIAL, SANEAMIENTO AMBIENTAL, TRANSPORTE, JUSTICIA, BANCA, SEGURIDAD, SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS COMO EL AGUA, LA ENERGÍA, EL GAS NATURAL Y LAS TELECOMUNICACIONES.
Los Servicios Públicos deben ser garantizados, regulados y supervigilados por el Estado, por ello, son tratados en diferentes escenarios: - ESCENARIO ESTATAL - ESCENARIO ACADÉMICO - ESCENARIO SOCIAL - ESCENARIO NO GUBERNAMENTAL - ESCENARIO PRODUCTIVO Y EMPRESARIAL Y EL USUARIO ESTÁ PRESENTE EN TODOS. Todo servicio público tiene un carácter prestacional, lo cual quiere decir que debe ser prestado en condiciones de calidad y eficiencia, a todos sin discriminación y de forma regular, continua, frecuente y eficiente. Sobre el Servicio Público de la EducaciónLa educación, además de ser un derecho fundamental, también es un servicio público que cumple una función social.
La entidad reguladora es el Ministerio de Educación Nacional que también ejerce la función de inspección y vigilancia sobre las entidades, públicas y privadas, que prestan el servicio educativo. La Educación se encuentra regulada por las leyes 115 de 1994 y 30 de 1992, 749 de 2002, 1188 de 2008, entre otras. VOZ JURÍDICA.COM le ofrece formación e información sobre este importante servicio para cual puede acceder a siguiente enlace: Educación Sobre la Seguridad SocialSenado
"El 31 de julio de 2012 en Sesión Plenaria del Senado se llevó a cabo debate de Control Político sobre el tema de la Salud en Colombia, para contribuir de esta manera al análisis de la problemática de la salud y sus alternativas con el fin de lograr soluciones a esta crisis". Los CITADOS fueron Ministra de Salud y Protección Social, doctora BEATRIZ LONDOÑO SOTO, Superintendente de Salud Nacional, doctora MERY BOLIVAR VARGAS, Contralora General de la República, doctora SANDRA MORELLI RICO, Procurador General de la Nación, doctor ALEJANDRO ORDÓÑEZ MALDONADO, Presidente Ejecutivo de ACEMI, doctor JAIME ARIAS RAMÍREZ Conozca las preguntas formuladas a los citados al debate Servicio público de transporteSegún lo informó el Ministerio de Transporte en su sitio web www.mintransporte.gov.co con fecha 21 de noviembre de 2012, dicho Ministerio "presentó en la Comisión VI del Senado, el proyecto de ley que busca crear la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), con el fin de reducir los altos índices de accidentalidad vial.
En Colombia, en los últimos 10 años murieron más de 63 mil personas como consecuencia de accidentes de tránsito; de hecho, las muertes y lesiones en siniestros de tránsito son la segunda causa de muerte violenta en el país, y la primera causa de muerte en los niños de 5 a 14 años, convirtiéndose así, en un problema social y de salud pública. Con la creación de la ANSV se brindará el soporte interinstitucional y de coordinación para la ejecución, seguimiento y control de las políticas, estrategias, planes y acciones dirigidos a dar cumplimiento a las políticas de seguridad vial, definidas por el Gobierno Nacional, así como para el fortalecimiento en la planeación y gestión de la seguridad vial en el país. La ANSV, se presenta como una Unidad Administrativa Especial, descentralizada, del orden nacional, de la Rama Ejecutiva, con personería jurídica, autonomía administrativa, financiera y patrimonio propio. La Agencia estaría adscrita al Ministerio de Transporte y actuaría bajo la dirección de un Consejo Directivo presidido por el Ministro de Transporte, con la membrecía permanente de los Viceministros de Transporte y de Infraestructura y de los Ministros, de Justicia y del Derecho, Hacienda y Crédito Público, Salud, Educación, Interior, Ambiente y Desarrollo Sostenible; y de autoridades como el Director de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, un representante de los Gobernadores y uno de los Alcaldes. Contará con un Director General, nombrado por el Presidente de la República quien actuará como su representante legal y Secretario del Consejo.. |
En el gráfico siguiente se hace una modelación acerca de como debería ser el engranaje en Colombia para una óptima prestación de los servicios públicos, los caules requieren de la interconexión de todos los actores en un todo sistémico y armónico:
Actualidad sobre los servicios públicos en ColombiaLa Corte Constitucional mediante la Sentencia T-312/12 amparó el derecho al agua en su carácter fundamental, de acuerdo con las garantías mínimas de disponibilidad, accesibilidad, calidad y no discriminación en la distribución.
Según lo informó el Alto Tribunal en su sitio web www.corteconstitucional.gov.co "En el asunto bajo estudio se tiene que los peticionarios, habitantes de las veredas La Ceiba y La Horqueta pertenecientes al municipio de Apulo y, de la vereda San Carlos que hace parte del municipio de Tocaima, interpusieron acción de tutela porque desde aproximadamente el año 2009, no cuentan con el servicio público de acueducto o es prestado de manera ineficiente. Para la Corte, la obligación de garantizar el acceso a una cantidad esencial mínima de agua suficiente para el uso personal y doméstico no es una cuestión que esté sujeta al debate público y la ejecución presupuestal, pues constituye un verdadero y autónomo derecho fundamental de las personas sin el cual la vida, la salud y la dignidad de éstas se ven completamente comprometidas. En consecuencia, las entidades deben adoptar todas las medidas necesarias y que estén a su alcance para salvaguardar el componente mínimo del derecho al agua y, en cuanto al completo disfrute del mismo deben, por mandato constitucional avanzar constantemente mediante el diseño de políticas públicas eficientes en la materia, y usar todos los recursos posibles para mejorar el servicio de acueducto hasta el punto en que se logre cumplir de manera eficiente con todos los componentes del derecho. Así las cosas, se adoptarán medidas en tres niveles a saber, primero se ordenará una protección inmediata del derecho fundamental al agua de las comunidades demandantes, mediante el abastecimiento del líquido por parte del municipio de Viotá pues en virtud del principio de confianza legítima y de la responsabilidad contractual probada en el proceso debe hacerse cargo por lo menos temporalmente de la situación que los aqueja; segundo, teniendo en cuenta que la responsabilidad por la garantía de éste derecho corresponde directamente a los municipios de Apulo y Tocaima se les ordenará que en observancia de los principios de coordinación y concurrencia, lleguen a un acuerdo con el municipio de Viotá sobre la forma en la que asumirán la prestación del mínimo vital del agua a las comunidades demandantes. Tercero, se ordenará a las alcaldías de Apulo y Tocaima que diseñen e implementen una política pública para lograr progresivamente la completa satisfacción del derecho fundamental al agua de todos los habitantes de las veredas La Ceiba, La Horqueta y San Carlos."
Ver: Sentencia T-312/12 La Corte Constitucional mediante la Sentencia Sentencia T-764/12 amparó el Derecho fundamental al acceso de agua potable en los establecimientos carcelarios, como derecho interdependiente de la dignidad de los internos.
Según lo informó el Alto Tribunal en su sitio web www.corteconstitucional.gov.co "El derecho al acceso al agua potable para consumo humano es un derecho fundamental constitucional que debe ser garantizado por las autoridades estatales por estar ineludiblemente relacionado con los derechos fundamentales a la dignidad, a la salud y a la vida. Con base en ello, tratándose de la administración de establecimientos carcelarios y de la calidad de vida de los internos, en virtud de la relación de especial sujeción y custodia entre el Estado y las personas privadas de la libertad, existe el deber de parte de las autoridades carcelarias de garantizar el acceso idóneo y suficiente de agua como recurso necesario para el aseo y consumo de los reclusos. En otras palabras, tanto en el ámbito internacional como en el nacional, es claro que deben garantizarse unas condiciones de dignidad mínimas a las personas privadas de la libertad, y una de ellas, es el acceso suficiente al agua potable. Por lo expuesto, la Corte Constitucional entre otros, ordenó INPEC y al Establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad y Carcelario EPMSC de Cúcuta, que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta providencia, disponga todo lo necesario para asegurar el suministro y acceso al agua potable del accionante y todos los internos."
Ver: Sentencia T-764/12 Sobre Servicios Públicos Domciliarios
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¿Cómo se están prestando los servicios públicos en Colombia?En Colombia los Servicios Públicos no tienen una adecuada regulación, garantía, prestación, inspección, vigilancia, control y protección así como satisfacción en el usuario.
Problemáticas: Sin duda, los servicios públicos aún presentan inmumerables preocupaciones, tanto de regulación como de eficacia, por eso se han formulado algunas preguntas problemáticas que se estima necesario resolver, en aras de poder proponer acciones afirmativas de mejoramiento: - ¿CUÁL ES LA VALIDEZ Y EFICACIA DE LAS NORMAS SOBRE SERVICIOS PÚBLICOS? - ¿CUÁL ES LA CALIDAD DE LOS PLANES, PROGRAMAS Y PROYECTOS QUE ADELANTAN LOS ACTORES ESTATALES SOBRE LOS SERVICIOS PÚBLICOS? - ¿CUÁL ES LA CALIDAD DE LOS CURSOS DE CAPACITACIÓN Y DE LOS PROGRAMAS ACADÉMICOS QUE SE OFRECEN Y DESARROLLAN EN EL ESCENARIO ACADÉMICO Y NO GUBERNAMENTAL PARA FORMAR EN TEMAS SOBRE SERVICIOS PÚBLICOS? - ¿LOS SERVICIOS PÚBLICOS SE GARANTIZAN, PRESTAN, VIGILAN, CONTROLAN DESDE LA PERSPECTIVA DEL USUARIO? - ¿QUÉ PLANES, PROGRAMAS, PROYECTOS, ACTIVIDADES Y ACCIONES ESPECÍFICAS, SE ADELANTAN EN COLOMBIA Y EN EL MUNDO SOBRE LOS SERVICIOS PÚBLICOS Y PARA GARANTIZAR LA CALIDAD DE LOS MISMOS? - ¿QUÉ ESTÁN HACIENDO LOS ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE CONTROL CON RESPECTO A LOS SERVICIOS PÚBLICOS? |
Base de datos Superintendencia de Servicios Públicos
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